Términos y condiciones.

TÉRMINOS Y CONDICIONES.

 

CALZADO Y GORRAS

 

-      El calzado vendido por la llantería es oficial marca Goodyear footwear.

-      El calzado viene en talla europea, lo cual es una talla menos a la medida estándar colombiana.

-      El calzado vendido por la llantería de marca Goodyear, cuenta con 60 días de garantía a partir de la fecha de facturación.

-      Si desea cambiar su calzado por motivos de tallaje tenga en cuenta que: solo se hacen cambios por el mismo modelo en la talla correcta.

-      El calzado adquirido debe ser enviado a nuestra sede en la CRA 11 # 9 38 Funza Cundinamarca.

-      El calzado debe venir en perfecto estado junto con sus etiquetas y limpio, debe conservar la caja original.

-      El cambio solicitado será enviado

a los 5 días hábiles a partir de la llegada de la devolución a nuestra sede en

Funza Cundinamarca.

-      El costo de la devolución corre por cuenta del cliente.

-      En el caso de que no haya existencia de la talla requerida se puede cambiar por otro modelo y el cliente debe pagar el excedente.

-      No se hacen devoluciones de dinero.

-      Las gorras no cuentan con garantía.

-       Las gorras no aplican para cambio por talla, todas son ajustables.

 

LLANTAS

 

-      Las llantas de moto cuentan con una garantía de 6 meses por defectos de fabrica a partir de la fecha de facturación.

-      Las llantas de auto, camioneta, y camión tienen garantía de 5 años a partir de la fecha de fabricación (DOT) por defectos de fabricación, es decir, defectos que no contemplen daños causados

por objetos externos como piezas cortopunzantes u otro como golpes severos.

-      Todas las garantías de llantas son tramitadas por el fabricante y cuentan con respuesta oficial de las marcas.

-      No se aceptan devoluciones de llantas que han sido rodadas, pisadas o desgastadas.

-      Los tiempos de respuesta de garantías en llantas son acordes a la política de cada fabricante.

 

LLANTAS GARANTÍA PLUS

 

-      ¿Qué cubre?

o  Llantas estalladas.

o  Reemplazo de tapas.

o  Rectificación de rines.

-      La garantía plus cubre el portafolio de auto y camioneta de las siguientes marcas:

o  Kumho Tire

o  Zeta

o  Ovation

o  Fullrun

o  Gallant

o  Wideway

-      ¿Qué nos hace diferentes?

o  La garantía plus tiene vigencia de un (1) año a partir de la fecha de factura.

o  La garantía plus es totalmente GRATIS.

o  Como valor agregado cubre daños sufridos por el rin y la copa.

-      La garantía plus se adapta a las nuevas condiciones del mercado.

o  La llanta que se reemplaza por garantía, no tiene garantía.

o  Cuando se reclama la garantía y esta se otorga, el cliente deberá cancelar un deducible del 20% sobre el valor actual de la llanta que se da de reposición en la plataforma EPAYCO.

o  La garantía plus no aplica en la marca Autogrip y otras marcas que no estén mencionadas en estos términos y condiciones.

o  Todas las asistencias se deben realizar por la línea de Whatsapp Tranky +57 302 738 4451.

 

LLANTAS GARANTÍA BLACK

 

-      ¿Qué cubre?

o   Daños accidentales causados por cortes, golpes, andenazos.

-      La garantía BLACK cubre el portafolio de auto y camioneta de las siguientes marcas:

o  Royal Black

o  Delmax

-      ¿Qué nos hace diferentes?

o  La garantía plus tiene vigencia de seis (6) meses a partir de la fecha de factura.

o  La garantía BLACK es totalmente GRATIS.

-      Plan complementario que cubre daños accidentales.

o  Aplica por golpes y choques, que dejan la llanta fuera de servicio y que no permitan reparación.

o  Se excluyen daños asociados a mantenimiento preventivo, correctivo y errores humanos.

-      NO APLICAN:

o  Daños en montajes

o  Desgastes irregulares

o  Recalentamiento

-      INDEMNIZACIÓN:

o  Se pagará el porcentaje de vida útil que presente la llanta al momento de reclamación.

o  La reposición se realiza en productos de la misma referencia y diseño, y se carga al cliente la diferencia por el remanente utilizado.

o  La reposición se aplica con nota crédito de abono por el remanente de vida útil, basada en el precio de compra.

o  Aplica hasta los 6 meses desde la fecha de compra.

 

PROGRAMA RUEDE SEGURO

 

CONDICIONADO RUEDE SEGURO COLOMBIA

 

Servicio Cobertura Eventos:

-        Llanta estallada (auto, campero y camioneta) La llanta tiene cobertura de 12 meses a partir de la fecha de compra (Factura) 1 evento por vigencia.

-        Llanta estallada R17.5, buseta, llantas de trabajo La llanta tiene cobertura de 6 meses a partir de la fecha de compra (Factura) 1 evento por vigencia.

-        Llanta estallada R22.5 La llanta tiene cobertura de 6 meses a partir de la fecha de compra (Factura) 1 evento por vigencia.

 

SERVICIO DE LLANTA ESTALLADA DESCRIPCIÓN DEL BENEFICIO

 

El servicio de llanta estallada busca dar a los clientes un beneficio en el evento que la llanta adquirida se estalle por un evento imprevisible mientras el vehículo va rodando.

En tal sentido, en el caso que la llanta se estalle, de manera no intencional, como consecuencia de golpe contra andenes, huecos en la vía o contacto que causen estallido de la llanta, haciendo que esta quede inutilizable y que requiera su reemplazo; siempre y cuando cumplan con las condiciones descritas en este condicionado.

 

De acuerdo con el segmento de la llanta es de aclarar que la nueva llanta que se entrega como beneficio al cliente final no tendrá la cobertura de llanta estallada.

 

COBERTURA

Daño a la llanta cubierto después de presentar estallido de llanta por un evento imprevisible mientras el vehículo va rodando. (haciendo que esta quede inutilizable o totalmente dañada), un contacto con un bordillo u otro objeto causando estallido, haciendo que la llanta quede inutilizable, lo anterior de acuerdo con el concepto que se emita por parte del Perito experto.

 

La Cobertura para el Segmento de llantas de Auto Campero y Camioneta corresponde al valor por Llanta escrito en la factura, por los primeros doce (12) meses después de la compra de la llanta por parte del cliente final.

 

La Cobertura para el Segmento de llantas para buseta y llantas de trabajo R17.5 corresponde al valor por Llanta escrito en la factura, por los primeros seis (6) meses después de la compra de la llanta por parte del cliente final.

 

La Cobertura para el segmento de llantas para Camión 19.25 y 22.5 corresponde al valor por Llanta escrito en la factura, por los primeros seis (6) meses después de la compra de la llanta por parte del cliente final.


GLOSARIO DE TÉRMINOS DEFINICIONES

 

Siempre que se utilicen en las presentes condiciones generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye.

 

ü  ÁMBITO DE TERRITORIALIDAD: Territorio nacional donde de manera directa o por intermedio de su red de proveedores proporcionará los servicios de beneficio de cobertura de llanta estallada a un cliente y que en este caso corresponde a las ciudades de Colombia.

 

ü  USUARIO FINAL: Persona Natural o Jurídica comprador del producto cubierto bajo el plan de servicio o cualquier cesionario o apoderado del comprador.

 

ü  LLANTA CUBIERTA: Llanta adquirida e instalada en la red para vehículo de pasajeros, vehículo comercial, nombrada en la factura original y recibiendo la cobertura en inclusión.

 

ü  LLANTA DE REEMPLAZO: Llanta nueva de la misma marca, modelo y dimensiones o llanta equivalente con las mismas especificaciones si la llanta cubierta ya no está comercializada o no está disponible.

 

ü  CABINA DE ATENCION: Personal que brinda asesoría telefónica al Cliente en el momento de solicitar el servicio de llanta estallada.

 

ü  PERÍODO DE VIGENCIA: Período durante el cual un cliente tiene derecho al servicio de cobertura de llanta estallada que corresponde a 12 meses para autos, camperos y camionetas y 6 meses para las llantas de camiones de referencia R17.5, R19.5 y R22,5.

 

ü  EVENTO IMPREVISIBLE: Hecho accidental e imprevisible, es decir, no doloso ni imprudente y ajeno a la voluntad que cause el estallido de la llanta mientras el vehículo va rodando, siempre que el mismo haya tenido lugar durante el Período de vigencia y en el Ámbito de territorialidad.

 

ü  PERITO EXPERTO: Persona natural o jurídica que atendiendo a su experticia y amplio conocimiento actúa como fuente de validación y consulta para determinar la aplicación del servicio de llanta estallada.

 

ü  HECHO DE UN TERCERO: consiste en la intervención exclusiva de un agente jurídicamente ajeno al cliente o consumidor final, en la producción de un daño. Se caracteriza porque rompe el vínculo de causalidad entre el perjuicio sufrido y la conducta del cliente, por lo


que la intervención del tercero debe ser esencial parala producción del daño, lo anterior independientemente de la intención del tercero.

 

ü  PRESTACIÓN DEL BENEFICIO: El cliente final, que adquiera una llanta según lo anteriormente descrito podrá gozar de los beneficios de la cobertura de llanta estallada, siempre y cuando existan las siguientes condiciones:

 

1.      Aviso por parte del cliente final a la línea de atención la cual funcionan los 7 días de la semana las 24 horas (7 x 24 ), Línea Fija Nacional (601) 3799048, en un tiempo máximo de 48 horas de ocurrencia del evento del daño sufrido por la llanta como consecuencia de un hecho súbito, imprevisto y accidental durante el normal funcionamiento del vehículo, que conlleve a que la llanta se estalle.

 

2.      El gestor de la cabina telefónica solicitará la siguiente información al Usuario Final:

o   Nombre y número de identificación.

o   Lugar donde ocurrió el evento.

o   Factura de compra.

o   Copia de la tarjeta de propiedad

o   Descripción del daño (Que evento sucedió).

o   El número de contacto

 

3.      El cliente final deberá enviar al correo electrónico autorizacionesruedeseguro@48hoorassdia.com la siguiente documentación totalmente legible para ser evaluada por parte del ajustador:

 

o   Copia de la tarjeta de propiedad.

o   Un mínimo de 3 fotos donde se pueda visualizar la referencia de la llanta, la marca de la llanta y el daño de la llanta que comprueben la veracidad de la naturaleza del estallido.

o   1 foto de la factura de compra de la llanta.

 

No se aceptan documentos ilegibles, borrosos, con enmendaduras y/o tachones que NO permitan realizar el debido tramite. No se realizará el respectivo trámite si la documentación enviada por el cliente final sino cumple con estas condiciones para poder ser evaluada.

 

4.      Realizada la llamada por parte del cliente final, el gestor enviará a su correo electrónico la documentación necesaria para realizar el trámite de evaluación; una vez enviado el correo, el cliente final tendrá hasta 72 horas para enviar la documentación anteriormente descrita e informada a través del correo electrónico, en


caso de no ser recibida la documentación en el tiempo establecido, no habrá lugar a evaluación de cobertura y por ende se entenderá que el cliente final renuncia a este beneficio.

 

5.      Una vez recibida la documentación por parte del cliente final, la compañía tiene 3 días hábiles para hacer la revisión con base en la documentación enviada por el cliente final para determinar si cumple con las condiciones del programa.

 

6.      En caso de ser aprobado el reemplazo de la llanta por parte del ajustador; la cabina de atención realizará a través del distribuidor la coordinación para la consecución de una llanta igual y en caso de no encontrarse la misma referencia y marca se entregará una llanta de otra marca con iguales condiciones en precio de factura, referencia, rin y especificaciones de la llanta.

 

7.      Una vez validado por el perito y se determine la cobertura; la cabina de atención comunica vía email y a través de llamada telefónica al cliente final que el beneficio fue aprobado, que para continuar con el proceso debe de cancelar la cuota compensatoria correspondiente al 20% del valor de la llanta y/o el pago del excedente de la llanta si hubiera lugar porque supera el valor de factura a la cuenta indicada en los medios de pago establecidos. Una vez realice el pago el cliente final, debe ser enviado el soporte de la transacción dentro de las 48 horas siguientes recibida la comunicación al correo autorizacionesruedeseguro@48hoorassdia.com para previa confirmación del ingreso del dinero.

 

8.      Recibido el soporte y confirmado el ingreso del dinero, la cabina de atención procede a remitir al cliente Final al punto autorizado para efectuar el cambio de la llanta.

La llanta estallada se reemplazará por una llanta nueva, la compañía no se hace responsable por el reemplazo de llantas que no estén a la venta en Colombia, que hayan sido descontinuadas o que hayan sido fabricadas con diseño exclusivo. En tal caso de no encontrar la llanta con las mismas especificaciones la compañía no podrá hacer efectiva la cobertura del beneficio de llanta estallada.

 

9.      Se da un tiempo máximo de 15 días calendario para que el cliente final reclame la llanta aprobada y una vez sea notificado por escrito, en tal caso que supere estos días el sistema automáticamente cierra el caso y no da lugar a la cobertura.

Si por el contrario una vez evaluada la documentación enviada por el cliente final a través del correo autorizacionesruedeseguro@48hoorassdia.com el ajustador determina la NO cobertura del reemplazo de la llanta estallada porque no cumple con las condiciones de cobertura, el ajustador informará al equipo las razones justificables de negación de la cobertura. El gestor notificará telefónicamente y por correo


electrónico al cliente final y al distribuidor las causales de no aplicación de la cobertura del beneficio de cobertura llanta estallada.

 

En caso del cliente final ser repetitivo en el proceso de reclamación o de encontramos con un estallido inferior a los 180 días de compra de la llanta, deberá llevar la llanta al punto de venta del distribuidor y dejarla allá para su respectiva evaluación.

 

10.   Es requisito indispensable por parte del cliente final hacer la entrega de la llanta dañada al distribuidor que le suministrará el reemplazo de esta, el distribuidor verificará que la llanta efectivamente cumpla con las condiciones presentadas por el cliente durante el proceso de reclamación. No se reemplazará ninguna llanta si al momento de la entrega el cliente final no presenta la llanta dañada motivo de reclamación de la cual el distribuidor realizará la destrucción y disposición final de la llanta.

 

11.   El cliente final debe firmar el formato de entrega y recibido de la llanta, en el cual debe quedar especificado el DOT de la llanta dañada (que tiene la cobertura) y el DOT de la llanta nueva (que NO tendrá el servicio de llanta estallada)

 

 

CUOTA COMPENSATORIA AUTO, CAMPERO, CAMIONETA, LLANTAS DE TRABAJO R17.5, LLANTAS DE CAMION R22.5

 

Una vez autorizada la llanta por el perito e informado el cliente final y al distribuidor, el cliente final debe cancelar dentro de las 48 horas siguientes a recibida la comunicación la cuota compensatoria del 20% del valor de la llanta descrito en la factura de forma directa a la compañía 48 Hoorasss día, en enlace de pago https://secure.payco.co/checkoutopen/68560 o a la CUENTA CORRIENTE # 27700000381 DEL BANCOLOMBIA. Y debe remitir al correo electrónico autorizacionesruedeseguro@48hoorassdia.com el soporte de la transacción para verificar el ingreso del dinero.

 

La figura de cuota compensatoria será paga con recursos propios del cliente final y es requisito indispensable haber notificado el pago dentro de las 48 horas recibida la comunicación al correo autorizacionesruedeseguro@48hoorassdia.com para que se le haga entrega de la llanta.


EXCLUSIONES (LO QUE NO SE CUBRE) AUTO, CAMPERO Y CAMIONETA

 

El Proveedor del servicio se exonerará de la responsabilidad que se deriva del presente servicio cuando demuestre que el defecto proviene de:

 

1.      Deterioro natural o daños debido al desgaste.

2.      Cualquier pérdida, daño o gasto resultante de vandalismo, robo o intento de robo de la llanta o vehículo cubierto, cadenas de nieve, explosión, relámpagos, terremotos, incendios, huracanes, guerra u ocurrencia similar.

3.      Cualquier daño que se cause con ocasión o sea consecuencia de la reparación del Vehículo.

4.      Cualquier reposición necesaria por un daño que no sea súbito.

5.      Daños o deterioro a la llanta causadas por productos químicos, así como los causados por animales, actos mal intencionados de terceros, incendio de cualquier tipo, daños con armas blancas, armas de fuego, actos terroristas.

6.      Detrimentos de la llanta causados colisión con otro vehículo (accidente de tránsito) o si ha hecho reclamación por el amparo de pérdida parcial daños en alguna compañía aseguradora.

7.      El costo de reparación de la llanta dañada.

8.      NO se cubrirán llantas reparadas o vulcanizadas.

9.      El costo de montaje y balanceo.

10.   No tendrán cobertura la llanta que no se encuentra relacionado en el listado de cobertura enviado por el Distribuidor

11.   Reparación del rin donde estuvo instalada la llanta.

12.   Daños causados fuera del ámbito de territorialidad.

13.   Llantas de competición.

14.   Los vehículos que hayan sido modificados o destinados a cualquier competición automovilística.

15.   Las motocicletas.

16.   NO tendrá cobertura si el cliente final no asume el valor del excedente si al momento de la reclamación la llanta tiene un costo más alto que el relacionado en la factura de venta.

17.   Llantas que presenten desgastes por fallas mecánicas, alineación, suspensión, rodaje a baja presión, no serán cubiertas.

18.   Los daños sobre las llantas con labrado modificado.

19.   Daños provocados por elementos solidos atrapados entre ejes duales

20.   Daños durante el montaje y desmontaje. Daños adicionales que haya sufrido el vehículo como consecuencia del daño de la llanta.

21.   Daños durante el montaje y desmontaje.

22.   La llanta que se entrega como beneficio de la cobertura no tendrá derecho a un nuevo cambio. Por lo tanto, el beneficio solo se activa por una única vez.


23.   Se da un tiempo máximo de 15 días calendario para que el Usuario Final reclame la llanta aprobada y una vez sea notificado por escrito vía telefónica, en tal caso que supere estos días el sistema automáticamente cierra el caso y no da lugar a la cobertura.

24.   El beneficio de “llanta estallada” puede hacer uso de reemplazo por otra llanta en iguales condiciones técnicas y de precio, si el Usuario Final no acepta, se dará por cerrado la reclamación y no dará lugar a la cobertura.

25.   El NO pago de la cuota compensatoria.

26.   El NO envío de la documentación requerida por parte del Usuario Final a la compañía en las siguientes 72 horas una vez reportado a la cabina telefónica.

27.   El no reportar el daño de la llanta dentro de las siguientes 48 horas de ocurrido el evento a la central de la cabina telefónica la cual opera los 7 días de la semana las 24 horas.

28.   Bajo ninguna condición se indemnizará con dinero. Si la marca de la llanta no se consigue en el mercado local, se reemplazará la llanta con una de características similares a la afectada hasta por el importe citado.

29.   El hecho de un tercero.

30.   El uso indebido del bien por parte del cliente final.

31.   Está excluido de este programa la Hernia o chichón en la llanta.

32.   Que el cliente final no atendió las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento indicadas por el vendedor.

33.   Rodar a presión diferente a la recomendada baja presión o demasiada presión.

34.   El pinchazo normal que sufre la llanta no quede inutilizable.

 

EXCLUSIONES (LO QUE NO SE CUBRE) LLANTAS DE CAMIONES DE REFERENCIA BUSETA Y LLANTAS DE TRABAJO LIVIANOS R17.5

 

El Proveedor del servicio se exonerará de la responsabilidad que se deriva del presente servicio cuando demuestre que el defecto proviene de:

 

1.      Todas las exclusiones anteriores en auto, campero y camioneta

2.      Tener en cuenta que la sobrecarga de peso es una exclusión para este servicio.

3.      NO se cubrirán llantas reparadas o vulcanizadas.

4.      La Hernia o chichón en la llanta

5.      La sobrecarga de peso.

6.      Recalentamiento del sistema de frenos por imprudencia del conductor (pestaña quemada).

7.      No se cubrirán las llantas regrabadas.

8.      Cualquier tipo de daño material, ya sea en el vehículo del usuario, vehículos de terceros, Accidenté de tránsito etc.

9.      Daño moral o personal de cualquier especie.

10.   Daños personales o materiales derivados de la pérdida de la llanta.


11.   Desgaste normal de la llanta.

12.   No tendrán cobertura la llanta que no se encuentra relacionado en el listado de cobertura enviado por el Distribuidor

13.   NO tendrá cobertura si el cliente final no asume el valor del excedente si al momento de la reclamación la llanta tiene un costo más alto que el relacionado en la factura                                                                                                   de venta.

14.   Llantas que presenten desgastes por fallas mecánicas, alineación, suspensión, rodaje a baja presión, no serán cubiertas, camber/ y convergencia, balanceo y/o elementos de la suspensión.

15.   Contaminación por productos químicos, aceites, lubricantes, solventeso cualquier otro tipo de producto derivado de petróleo.

16.   Robo y/o hurto del producto, incluso por robo y/o hurto del vehículo. Falla de Válvulas, rines u otro equipamiento de mantenimiento de presión dentro de la llanta.

17.   Llantas cuyas marcaciones en los flancos hayan sido raspadas, cortadas, alteradas o adulteradas.

18.   Detrimentos de la llanta causados por colisión con otro vehículo. Incendio del producto o parte de este.

19.   Daños durante el montaje y desmontaje.

20.   Daños provocados por elementos solidos atrapados entre ejes duales.

21.   La llanta que se entrega como beneficio de la cobertura no tendrá derecho a un nuevo cambio. Por lo tanto, el beneficio solo se activa por una única vez.

22.   Se da un tiempo máximo de 15 días calendario para que el Usuario Final reclame la llanta aprobada y una vez sea notificado por escrito vía telefónica, en tal caso que supere estos días el sistema automáticamente cierra el caso y no da lugar a la cobertura.

23.   El beneficio “llanta estallada” puede hacer uso de reemplazo por otra llanta en iguales condiciones técnicas y de precio, si el cliente no acepta, se dará por cerrado la reclamación y no dará lugar a la cobertura.

24.   El NO pago de la cuota compensatoria.

25.   El NO envío de la documentación requerida por parte del cliente final a la compañía en las siguientes 72 horas una vez reportado a la cabina de atención.

26.   El hecho de un tercero.

27.   El uso indebido del bien por parte del cliente.

28.   Que el Usuario Final no atendió las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento indicadas por el vendedor.

29.   Rodar a presión diferente a la recomendada baja presión o demasiada presión.

30.   El pinchazo normal que sufre la llanta no quede inutilizable.


EXCLUSIONES (LO QUE NO SE CUBRE) LLANTAS DE CAMIONES DE REFERENCIA R19.5 y R22.5

 

El Proveedor del servicio se exonerará de la responsabilidad que se deriva del presente servicio cuando demuestre que el defecto proviene de:

 

1.      No se cubrirán llantas 100% para uso en terreno destapado OTR de tracción “fuera del camino”.

2.      No se dará cobertura a llantas con más del 60% de desgaste de la vida útil.

3.      No se dará cobertura a las llantas que sufran daño derivado del mal montaje y desmontaje de la llanta.

4.      Daños provocados por elementos solidos atrapados entre ejes duales.

5.      Recalentamiento del sistema de frenos por imprudencia del conductor (pestaña quemada).

6.      Tener en cuenta que la sobrecarga de peso es una exclusión para este servicio.

7.      NO tendrá cobertura si el Usuario Final no asume el valor del excedente si al momento de la reclamación la llanta tiene un costo más alto que el relacionado en la factura de venta.

8.      No tendrán cobertura la llanta que no se encuentra relacionado en el listado de cobertura enviado por el Distribuidor.

9.      Deterioro natural o daños debido al desgaste.

10.   Robo de la llanta o vehículo cubierto, cadenas de nieve, explosión, relámpagos, terremotos, incendios, huracanes, guerra u ocurrencia similar.

11.   Cualquier daño que se cause con ocasión o sea consecuencia de la reparación del Vehículo.

12.   Cualquier reposición necesaria por un daño que no sea súbito.

13.   Daños o deterioro a la llanta causadas por productos químicos, así como los causados por animales, actos mal intencionados de terceros, incendio de cualquier tipo, daños con armas blancas, armas de fuego, actos terroristas.

14.   Detrimentos de la llanta causados por colisión con otro vehículo (accidente de tránsito) o si ha hecho reclamación por el amparo de pérdida parcial daños en alguna compañía aseguradora.

15.   El costo de reparación de la llanta dañada.

16.   NO se cubrirán llantas reparadas o vulcanizadas.

17.   El costo de montaje y balanceo.

18.   Reparación del rin donde estuvo instalada la llanta.

19.   Daños causados fuera del ámbito de territorialidad.

20.   Daños causados por fallas mecánicas del vehículo (baja presión, alineación, balanceo.

21.   Los daños sobre las llantas con labrado modificado.

22.   Daños adicionales que haya sufrido el vehículo como consecuencia del daño de la llanta.

23.   La llanta que se entrega como beneficio de la cobertura no tendrá derecho a un nuevo cambio. Por lo tanto, el beneficio solo se activa por una única vez.


24.   Se da un tiempo máximo de 15 días calendario para que el Usuario Final reclame la llanta aprobada y una vez sea notificado por escrito vía telefónica, en tal caso que supere estos días el sistema automáticamente cierra el caso y no da lugar a la cobertura.

25.   El beneficio de “llanta estallada” puede hacer uso de reemplazo por otra llanta en iguales condiciones técnicas y de precio, si el cliente final no acepta, se dará por cerrado la reclamación y no dará lugar a la cobertura.

26.   El NO pago de la cuota compensatoria.

27.   El NO envío de la documentación requerida por parte del cliente final en las siguientes 72 horas una vez reportado a la cabina de atención.

28.   El no reportar el daño de la llanta dentro de las siguientes 48 horas de ocurrido al evento.

29.   Bajo ninguna condición se indemnizará con dinero. Si la marca de la llanta no se consigue en el mercado local, se reemplazará la llanta con una de características similares a la afectada hasta por el importe citado.

30.   El hecho de un tercero.

31.   El uso indebido del bien por parte del Usuario Final.

32.   Que el Usuario Final no atendió las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento indicadas por el vendedor

33.   No se cubrirán las llantas regrabadas o resculturadas.

34.   Cualquier tipo de daño material, ya sea en el vehículo del usuario, vehículos de terceros, etc.

35.   Daño moral o cualquier especie.

36.   Daños y/o (Alineación, camber/ y convergencia, balanceo y/o elementos de la suspensión).

37.   Llantas cuyas marcaciones en los flancos hayan sido raspadas, cortadas, alteradas o adulteradas.

38.   Detrimentos de la llanta causados por colisión con otro vehículo. Incendio del producto o parte de este

39.   Están excluidos los daños causados en accidente tránsito.

40.   Esta excluido de este programa la Hernia o chichón en la llanta

41.   Rodar a presión diferente a la recomendada baja presión o demasiada presión.

42.   El pinchazo normal que sufre la llanta no quede inutilizable.


EXCLUSIONES GENERALES AL BENEFICIO RUEDE SEGURO

 

1.      Que el solicitante incumpla cualquiera de las obligaciones y condiciones de cobertura indicadas en este contrato.

2.      También quedan excluidas las situaciones del beneficio que sean consecuencia directa o indirecta de: Huelgas, Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor.

3.      No se realizará ningún tipo de reembolso de servicios tomados por el cliente que no hayan sido coordinados y autorizados por la central de operaciones.

4.      Cuando el cliente final no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto.

5.      Cuando por orden de alguna autoridad competente se impida la ejecución de los trabajos.

6.      Cuando el personal de cualquier autoridad oficial con orden de embargo, allanamiento, aseguramiento de bienes, aprehensión, cateo, investigación, rescate, etc., se vea obligada a forzar, destruir o romper cualquier elemento de acceso como son: puertas, ventanas, chapas, cerraduras, etc., en el domicilio del cliente.

 

OTRAS EXCLUSIONES GENERALES

 

No son objeto de los servicios, las situaciones del beneficio que presenten las siguientes causas:

1.      La mala fe, fraude o abuso de confianza del Usuario Final, comprobada por el personal de la cabina telefónica.

2.      Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, huracanes, tempestades ciclónicas, etc. Hechos y actos del hombre derivados de: terrorismo, guerra, guerrilla, vandalismo, asalto, motín o tumulto, etc.

3.      Hechos y actos de fuerzas armadas, fuerza o cuerpo de seguridad.

4.      Incidentes y/o accidentes causados por el uso o consumo de estupefacientes, alcohol y/o droga.